La Ertzaintza recuerda la obligación de utilizar la baliza V16

Escrito por el febrero 17, 2026

El Departamento de Seguridad recuerda que desde el pasado 1 de enero es obligatorio el uso de balizas V16. Desde que se puso en marcha esta nueva medida la Ertzaintza ha estado informando y haciendo una labor pedagógica entre las personas conductoras con el fin de informar sobre ella. Tras la fase transitoria de carácter informativo, la Ertzaintza comenzará a sancionar a partir de esta semana las infracciones relacionadas con el incumplimiento de la obligación de utilizar la baliza V16.

No tener la baliza o la no utilización de la misma se considera una infracción leve, que conlleva una sanción de 80 €. Esta sanción es la misma que se establecía a quienes conducían y no llevaban o utilizaban los triángulos de preseñalización.

Desde el pasado 1 de enero es obligatorio activar la señal de preseñalización de peligro V16 para señalizar averías o accidentes cuando el vehículo se encuentre detenido en la vía. La baliza V16 es, desde esa fecha, el único dispositivo de preseñalización de peligro autorizado en Euskadi y en el resto del estado, en sustitución a los triángulos de emergencia.

Vehículos de movilidad personal (VMP)

Por otra parte, el Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco ha recordado también que, desde el pasado lunes, 26 de enero, los vehículos de movilidad personal (VMP), incluidos los patinetes eléctricos, con un peso superior a 25 kilogramos y puedan alcanzar velocidades por encima de los 14 kilómetros por hora, deben disponer obligatoriamente de un seguro de responsabilidad civil, conforme a los establecido en la Ley 5/2025.

El incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones económicas que ascienden a 300 euros cuando el patinete se encuentra en circulación y a 200 euros si no lo está.

Quedan excluidos de esta obligación, de momento, los vehículos personales ligeros, es decir, aquellos que alcanzan una velocidad máxima de entre 6 y 25 km/h cuando su peso es inferior a 25 kilos, o de entre 6 y 14 km/h si superan ese peso. Estos vehículos no estarán obligados a contar con seguro hasta que el registro de vehículos de movilidad personal esté debidamente regulado y operativo, y pueda realizarse su inscripción.

Matrículas

Asimismo, se advierte de la obligación de circular con matrículas homologadas, es decir, con placas que no presenten signos, adornos u otros caracteres no reglamentarios. La presencia de adhesivos u otros elementos no autorizados en las matrículas constituye una infracción grave, sancionada con una multa de 200 euros.


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